Skip to main content

El delito de estafa en España se refiere a cualquier acto fraudulento en el que una persona engaña a otra para obtener un beneficio económico. Este delito se explica en el Código Penal, en concreto en el artículo 248 a 251.

¿Cuál es la pena por el delito de estafa?

El delito de estafa básico está recogido en el artículo 250 del Código Penal y se castiga con pena de prisión de seis meses a tres años, si se superan los 400€, la cantidad de dinero defraudada. Si no se superan esos 400 €, será un delito leve de estafa con pena de 1 a 3 meses de multa.

El delito de estafa agravado está recogido en el artículo 250 del Código Penal.

Se da cuando se abusa de la firma de otro, cuando el delito recae sobre bienes considerados patrimonio artístico, histórico, cultural o científico, si superan los 50 000€, si afecta a muchas personas, se abusa de las relaciones personales, se comete estafa procesal o si se condena al culpable por, al menos, tres consecuencias de los mencionados anteriormente.

Ante cualquiera de las circunstancias mencionadas anteriormente, se pueden castigar con prisión de uno a seis años y pena de multa de seis a doce meses.

ESTAFA TELEMATICA o INFORMATICA

La estafa telemática, por otro lado, es un tipo específico de estafa que se lleva a cabo a través de medios electrónicos, como Internet, correos electrónicos o aplicaciones móviles. Este tipo de fraude ha crecido exponencialmente en los últimos años, aprovechando la digitalización y el aumento de las transacciones en línea. Las modalidades más comunes incluyen el phishing, donde los estafadores suplantan identidades o empresas para robar datos personales, y las ventas fraudulentas en plataformas de comercio electrónico.

Las estafas por internet se consideran delitos informáticos, es decir, aquellos que se cometen con el uso de las nuevas tecnologías como Internet y sus herramientas de similares características.

El Artículo 249 del Código Penal, tipifica los dos tipos de conducta delictiva en cuanto a la estafa electrónica, el que realiza la estafa informática y el que crea el programa para llevarla a cabo.

1. También se consideran reos de estafa y serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años:

a) Los que, con ánimo de lucro, obstaculizando o interfiriendo indebidamente en el funcionamiento de un sistema de información o introduciendo, alterando, borrando, transmitiendo o suprimiendo indebidamente datos informáticos o valiéndose de cualquier otra manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.

b) Los que, utilizando de forma fraudulenta tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualquier otro instrumento de pago material o inmaterial distinto del efectivo o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.

2. Con la misma pena prevista en el apartado anterior serán castigados:

a) Los que fabricaren, importaren, obtuvieren, poseyeren, transportaren, comerciaren o de otro modo facilitaren a terceros dispositivos, instrumentos o datos o programas informáticos, o cualquier otro medio diseñado o adaptado específicamente para la comisión de las estafas previstas en este artículo.

b) Los que, para su utilización fraudulenta, sustraigan, se apropiaren o adquieran de forma ilícita tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualquier otro instrumento de pago material o inmaterial distinto del efectivo.

3. Se impondrá la pena en su mitad inferior a los que, para su utilización fraudulenta y sabiendo que fueron obtenidos ilícitamente, posean, adquieran, transfieran, distribuyan o pongan a disposición de terceros tarjetas de crédito o débito, cheques de viaje o cualesquiera otros instrumentos de pago materiales o inmateriales distintos del efectivo.

Es importante que seamos conscientes de que no debemos pinchar enlaces del banco que nos lleguen por sms ni facilitar nunca las claves por teléfono de nuestros accesos bancarios.

El phishing es una lacra que estamos viviendo diariamente y que consigue que los estafadores a través del engaño, accedan a grandes importes económicos de nuestras cuentas.

Si has sufrido una estafa informática y crees que no podrás recuperar tu dinero, no pierdas la esperanza. Contacta con Hermoso Abogados y estudiaremos tu caso para valorar si es viable la reclamación frente al estafador o si el banco ha tenido parte de culpa en la falta de precaución de esta estafa.

Ir al contenido